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A más de cinco años de aprobada la ley que regula el Derecho de Acceso a la Información Pública (18.381), el 74% de la población uruguaya desconoce la existencia de la norma que obliga al Estado a brindar información en caso de que un ciudadano la solicite.
La encuesta, realizada a pedido de la Unidad de Acceso a la Información Pública en noviembre del año pasado, preguntaba “¿Sabe si existe alguna ley o decreto que obligue al Estado a brindar información pública de sus gastos, remuneraciones, contratos, etc. en caso de que un ciudadano común quiera saberlo?”. Sólo el 26% respondió afirmativamente.
El porcentaje de personas que conoce la ley de acceso aumenta significativamente según el nivel educativo: aquellos que tienen nivel primario respondieron afirmativamente en el 17% de los casos; secundario 30%; y terciario 41%.
El grupo etario que mostró mayor conocimiento de la ley es el comprendido entre los 46 a 60 años (31% de respuestas afirmativas); los que mostraron menos conocimiento fueron los jóvenes de entre 18 y 29 años (22%). Se aprecia una leve diferencia si observan los resultados de acuerdo al género: 28% de los hombres dijo conocer la ley, mientras que en el caso de las mujeres es 25%.
La encuesta se realizó a la población uruguaya mayor de 18 años y tiene un margen de error de más menos 3.3 %.
En Uruguay la ley N° 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública, sancionada en octubre de 2008 y reglamentada en 2012, obliga a todos los organismos públicos a brindar información ante la solicitud de los ciudadanos.
La norma señala expresamente que “el acceso a la información pública es un derecho de todas las personas, sin discriminación por razón de nacionalidad o carácter del solicitante, y que se ejerce sin necesidad de justificar las razones por las que se solicita la información”.
Basta con que el interesado lleve la solicitud escrita ante el organismo correspondiente ( ver carta modelo de solicitud) o la presente vía internet (mediante el portal Qué Sabés?), para que el organismo, en un plazo de 20 días hábiles, la responda.
Más info sobre el derecho de acceso a la información pública.
Fuente: Cainfo.